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¿Cuándo y cómo te pueden detener?

  1. Cuando exista flagancia. Es decir, que el sujeto esté o haya realizado la conducta delictiva al momento de la detención.
  2. Cuando exista una orden de aprehensión emitida por un juez.
  3. Cuando exista urgencia, el Ministerio Público podrá ordenar una detención siempre y cuando:
    • Existan datos sobre un posible hecho delictivo grave (conforme lo establece el CNPP) y además la posibilidad de que dicha persona participó en su comisión.
    • Exista riesgo fundado de que el imputado pueda sustraerse de la acción de la justicia.
    • Por razón de la hora, lugar o cualquier otra circunstancia, no pueda ocurrir ante la autoridad judicial, o que de hacerlo, el imputado pueda evadirse.

En dicho caso de urgencia el Ministerio Público deberá justificarse y el juez de control determinará la legalidad del mandato del Ministerio Público y su cumplimiento al realizar el control de la detención.

Abuzo de confianza